NACIONAL
Domiciliarios no tendrán restricción de horario durante cuarentena en Colombia

Este domingo, el Gobierno Nacional informó que durante la vigencia del aislamiento preventivo obligatorio, los domiciliarios no tendrán restricción de horario para operar en todo el país.
Así lo comunicó el Ministerio del Interior, especificando que el parágrafo 5 del artículo 3 del decreto 531 de 2020 fue eliminado mediante el decreto 536 de 2020.
Previamente, el parágrafo 5 del artículo 3 establecía que lo contemplado en las excepciones 12 y 23 solo podría llevarse a cabo en un horario de 6:00 a.m. a 8:00 p.m. en la cuarentena.
Ahora que el Gobierno eliminó ese parágrafo, quienes presten este servicio “no tendrán restricción de horario durante la extensión del aislamiento preventivo obligatorio entre el 13 y 27 de abril”, explicó la cartera del Interior.

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