TERRITORIO
Tutela busca frenar cobros adicionales de energía en Santa Marta durante El Niño
La Personería Distrital pidió que en Santa Marta no se aplique el esquema de cobros adicionales establecido por la CREG para quienes superen determinadas metas de consumo. La discusión se centra en si una misma fórmula puede aplicarse en ciudades donde las altas temperaturas obligan a utilizar ventiladores y sistemas de refrigeración durante buena parte del día.
Una acción de tutela abrió una nueva discusión sobre el costo de la energía en Santa Marta.
La Personería Distrital acudió a la justicia para intentar frenar la aplicación en la ciudad de la Resolución CREG 101 120 del 30 de julio de 2026, que establece un esquema transitorio para incentivar la reducción del consumo de electricidad durante periodos de estrechez energética, baja hidrología o riesgo para el sistema.
El mecanismo fija metas individuales de consumo. Quienes gasten menos frente al referente establecido pueden recibir incentivos, mientras que los usuarios que superen determinados niveles podrían enfrentar cobros adicionales.
El problema, según la tutela, está en que esa fórmula no tendría en cuenta una realidad determinante para Santa Marta y buena parte de la Región Caribe: la temperatura.
La acción fue presentada contra la Comisión de Regulación de Energía y Gas —CREG— y el Ministerio de Minas y Energía por el personero distrital, Edwar Fernando Orozco Oñate, y el abogado Andrés Eduardo Dewdney Montero.
El argumento central es que no resulta equivalente exigir la misma reducción de consumo en territorios con climas muy distintos.
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El calor entra en la discusión
La metodología definida por la CREG toma como referencia el historial de consumo de cada usuario para establecer una meta individual.
Sin embargo, de acuerdo con lo planteado en la tutela, el cálculo no incorpora variables como temperatura, humedad o necesidades de refrigeración asociadas al clima.
Ese punto es especialmente sensible en Santa Marta.
En una ciudad con altas temperaturas durante buena parte del año, ventiladores, aires acondicionados y otros sistemas de refrigeración pueden representar una proporción importante del consumo residencial.
La Personería sostiene que ese gasto no siempre responde únicamente a comodidad.
La refrigeración también puede resultar necesaria para el descanso, la conservación de alimentos y medicamentos y, en determinados casos, para proteger la salud de niños, adultos mayores o personas que requieren condiciones térmicas especiales.
Por eso, la tutela cuestiona que un usuario del Caribe pueda ser medido bajo criterios similares a los de hogares ubicados en zonas del país donde las temperaturas son considerablemente menores.
¿Qué puede pasar con la factura?
La Resolución CREG 101 120 creó un programa transitorio para reducir la demanda de energía cuando existan condiciones que puedan comprometer la disponibilidad o confiabilidad del sistema eléctrico.
El esquema funciona a partir del comportamiento de consumo de cada usuario.
Si un hogar logra consumir por debajo de la meta definida, podría acceder a un incentivo. Si la supera, podría generarse un valor adicional en la factura bajo las condiciones establecidas por la regulación.
Según la tutela, la aplicación del programa es automática para los usuarios regulados que cumplan los requisitos y no depende de que el ciudadano se inscriba voluntariamente.
Es precisamente ese posible cobro adicional el que la Personería busca detener en Santa Marta.
Lo que pide la tutela
La principal solicitud es que la Resolución CREG 101 120 de 2026 sea inaplicada en Santa Marta mientras no se incorpore un tratamiento que reconozca las particularidades climáticas de territorios con altas temperaturas.
La Personería argumenta que la aplicación uniforme del esquema podría afectar derechos como la igualdad, la dignidad humana, el mínimo vital, la vida y la salud.
También plantea que la medida podría desconocer el principio de neutralidad establecido en la legislación del sector eléctrico.
Si el juez acepta las pretensiones principales, se busca que Air-e no liquide, facture ni cobre los valores adicionales derivados de este esquema a los usuarios cobijados por la decisión.
La tutela también pide que, cuando corresponda jurídicamente, los valores causados y aún no pagados sean reversados o descontados.
Mientras se toma una decisión de fondo, la Personería solicitó además suspender temporalmente la causación de estos cobros para los usuarios de Santa Marta.
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Una fórmula diferente para el Caribe
La tutela no plantea eliminar los programas de ahorro de energía.
Lo que propone es que las metas sean diferenciadas.
Entre las alternativas mencionadas están incorporar variables como temperatura y humedad, crear una banda neutral para zonas de alta carga térmica y establecer tratamientos especiales para consumos vinculados con equipos indispensables para la salud.
También se plantea que las metas puedan variar de acuerdo con las características climáticas de cada región.
Otro de los puntos es que cualquier esfuerzo para reducir la demanda energética esté acompañado por programas de eficiencia.
Eso podría incluir financiación, sustitución de electrodomésticos o acceso a tecnologías que consuman menos electricidad, en lugar de trasladar exclusivamente al ciudadano la responsabilidad de disminuir el consumo.

