TERRITORIO
Juez ordenó la libertad inmediata del exalcalde de Ciénaga Luis Alberto Tete
El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Ciénaga dejó sin efecto la orden de captura contra el exmandatario, al concluir que no existen elementos concretos que justifiquen su privación inmediata de la libertad mientras la sentencia condenatoria cobra ejecutoria.
Por: Arnol Sarmiento
El exalcalde de Ciénaga, Luis Alberto Tete Samper, recuperó su libertad luego de que el Juzgado Segundo Penal del Circuito de ese municipio diera cumplimiento a un fallo de tutela del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta que ordenó revisar la necesidad de su privación inmediata de la libertad.
En un auto fechado el 24 de agosto de 2026, el juez Carlos Enrique González Varela determinó dejar sin efecto la orden de captura que había sido impartida contra Tete Samper en la sentencia condenatoria del 29 de julio de 2026 y ordenó su libertad inmediata, siempre que no sea requerido por otra autoridad judicial.
La decisión se fundamentó en que no fueron acreditadas circunstancias específicas, concretas e individualizadas que demostraran la necesidad de privar de la libertad al exalcalde antes de que la condena quede en firme.
El juez valoró su edad y arraigo
Dentro del análisis, el despacho judicial tuvo en cuenta que Luis Alberto Tete Samper tiene 71 años, es padre de tres menores de edad respecto de quienes ejerce dependencia económica y labores de cuidado, reside permanentemente en Ciénaga y mantiene vínculos con la actividad económica de la empresa Minerales Luis Tete Samper.
El juzgado también consideró que Tete Samper ya no ocupa el cargo de alcalde municipal, por lo que no conserva el acceso institucional a los recursos y relaciones que estuvieron vinculados con los hechos objeto de la condena.
Otro de los elementos determinantes fue su comportamiento durante el proceso judicial. Según el auto, el exalcalde compareció de manera puntual a las audiencias durante más de tres años, desde la formulación de acusación, el 23 de noviembre de 2022, hasta la lectura de sentencia, el 29 de julio de 2026.
Pero, además, el juzgado destacó un hecho ocurrido apenas dos días después de la condena: Tete Samper se presentó voluntariamente ante el Comando de Policía de Ciénaga y las oficinas del CTI con el propósito de entregarse y hacer efectiva la orden de captura.
Para el juez, esta actuación constituye un elemento objetivo que desvirtúa un eventual riesgo de evasión y tiene un peso especial dentro del análisis exigido por la Corte Constitucional.
La condena no fue revocada
El auto aclara que la libertad concedida a Tete Samper no significa que haya sido absuelto ni que se haya modificado la condena.
El exalcalde fue condenado a 102 meses de prisión, pero el juzgado explicó que la magnitud de la pena no puede ser, por sí sola, razón suficiente para ordenar una privación inmediata de la libertad.
La determinación es de carácter provisional y se mantendrá mientras la sentencia condenatoria cobra ejecutoria. Una vez la condena quede en firme, el propio auto señala que, debido a la prohibición de subrogados penales contemplada en el artículo 68A del Código Penal, Tete Samper deberá ser trasladado a un establecimiento penitenciario para cumplir la pena impuesta.
Mientras tanto, deberá informar cualquier cambio de residencia y abstenerse de salir del país sin autorización judicial.
La decisión del Juzgado Segundo Penal del Circuito de Ciénaga tiene cumplimiento inmediato y, de acuerdo con el auto, no procede recurso alguno contra ella.

